3. Representantes en Junta de Facultad
¿Qué hace un representante en Junta de Facultad?
Es el máximo órgano de gobierno de cada una de las Facultades de la Universidad Complutense.
- Elegir y revocar, mediante la moción de censura constructiva, al Decano o Director.
- Aprobar la distribución de los recursos presupuestarios atribuidos al Centro, así como de cuantas dotaciones, subvenciones y ayudas le sean asignadas, y la cuenta de liquidación del mismo al final del ejercicio.
- Aprobar la Memoria anual del Centro, que le será sometida por el Decano o Director antes del mes de enero del año siguiente al curso académico objeto de la Memoria.
- Aprobar los informes anuales presentados por la Dirección de la Biblioteca y la Secretaría del Centro.
- Proponer al Consejo de Gobierno de la Universidad el nombramiento de Doctores Honoris Causa e informar las propuestas que en tal sentido formulen los Departamentos.
- Organizar, en el ámbito de sus competencias, las enseñanzas conducentes a la obtención de títulos de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, que se impartan en el Centro.
- Organizar la actividad del Centro, en lo que se refiere a la distribución de medios materiales, temporales y personales.
- Proponer al órgano que corresponda cuantas medidas estime oportunas para el mejor funcionamiento del Centro o el mejor cumplimiento de los fines y funciones de la institución universitaria.
- Debatir el informe anual del Decano o Director acerca de las líneas generales de la política académica del Centro.
- Proponer los planes de estudios oficiales de las titulaciones adscritas al Centro y sus modificaciones.
- Proponer, informar y, en su caso, organizar cursos de especialización, de formación continuada y enseñanzas conducentes a la obtención de los títulos propios y de los estudios de postgrado.
- Elaborar, de acuerdo con el Reglamento General de Centros y Estructuras, un Reglamento de Centro y someterlo al Consejo de Gobierno para su aprobación.
- Establecer, antes del 1 de julio de cada año, el plan docente y el calendario oficial de exámenes del curso siguiente, salvaguardando las directrices emanadas del Consejo de Gobierno.
- Establecer las Comisiones que estime convenientes para su mejor funcionamiento.
- Emitir informe sobre la creación, modificación o supresión de Departamentos e Institutos Universitarios de Investigación y sobre los convenios de adscripción de Centros, si les afectase; sobre la fijación, en su caso, de la sede administrativa de los Departamentos; sobre la contratación de profesores y sobre cualquier otro asunto que estime conveniente, en su respectivo ámbito de competencias, el Claustro, el Consejo de Gobierno, el Rector, el Decano o Director, o los Consejos de Departamentos e Institutos Universitarios de Investigación.
- Fijar los criterios generales de asignación de profesorado a las titulaciones que se impartan en el Centro.
- Informar al Consejo de Gobierno y a los Departamentos afectados sobre las necesidades de profesorado de acuerdo con los planes de estudio vigentes.
- Informar al Consejo de Gobierno sobre las propuestas de nombramiento de los miembros de las comisiones que han de juzgar los concursos de acceso de los habilitados.
- Proponer, mediante la oportuna justificación, las modificaciones de la relación de puestos de trabajo del personal docente e investigador y del Personal de Administración y Servicios.
- Resolver los conflictos que se susciten entre Departamentos relativos a la asignación de docencia entre asignaturas.
- Organizar las relaciones entre Departamentos y con otros Centros, a fin de asegurar la coordinación de las enseñanzas.
- Emitir informe sobre la adscripción del profesorado al respectivo Centro.
- Cualquier otra función que les asigne la normativa vigente.