3. Representantes en Junta de Facultad

¿Qué hace un representante en Junta de Facultad?

Es el máximo órgano de gobierno de cada una de las Facultades de la Universidad Complutense. Está formada por estudiantes, profesores permanentes, profesores no permanentes y miembros del PAS (personal de administración y servicios) que son elegidos por todos los miembros de la Facultad, en votaciones por sectores (estudiantes eligen estudiantes, PAS elige PAS, etc.).  Además, forma parte de la Junta de Facultad el Gerente, el Director/a de la Biblioteca, el Decano/a y los Vicedecanos que éste designe. 

Los estudiantes representan el 25% de miembros en las Juntas de Facultad y al contrario que PDI y PAS, nuestros cargos se renuevan cada dos años.
 
La función de las Juntas es, en general, dirigir la actividad de la Facultad: elaborar el presupuesto en función de la asignación de la UCM, elegir a su decano o decana, organizar las enseñanzas, proponer y modificar planes de estudios, establecer el calendario de exámenes, aprobar el calendario académico del próximo curso, etc. Una descripción completa de las funciones de las Juntas de Facultad se recogen en el artículo 56 de Estautos de la Universidad Complutense:
 
  • Elegir y revocar, mediante la moción de censura constructiva, al Decano o Director.
  • Aprobar la distribución de los recursos presupuestarios atribuidos al Centro, así como de cuantas dotaciones, subvenciones y ayudas le sean asignadas, y la cuenta de liquidación del mismo al final del ejercicio.
  • Aprobar la Memoria anual del Centro, que le será sometida por el Decano o Director antes del mes de enero del año siguiente al curso académico objeto de la Memoria.
  • Aprobar los informes anuales presentados por la Dirección de la Biblioteca y la Secretaría del Centro.
  • Proponer al Consejo de Gobierno de la Universidad el nombramiento de Doctores Honoris Causa e informar las propuestas que en tal sentido formulen los Departamentos.
  • Organizar, en el ámbito de sus competencias, las enseñanzas conducentes a la obtención de títulos de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, que se impartan en el Centro.
  • Organizar la actividad del Centro, en lo que se refiere a la distribución de medios materiales, temporales y personales.
  • Proponer al órgano que corresponda cuantas medidas estime oportunas para el mejor funcionamiento del Centro o el mejor cumplimiento de los fines y funciones de la institución universitaria.
  • Debatir el informe anual del Decano o Director acerca de las líneas generales de la política académica del Centro.
  • Proponer los planes de estudios oficiales de las titulaciones adscritas al Centro y sus modificaciones.
  • Proponer, informar y, en su caso, organizar cursos de especialización, de formación continuada y enseñanzas conducentes a la obtención de los títulos propios y de los estudios de postgrado.
  • Elaborar, de acuerdo con el Reglamento General de Centros y Estructuras, un Reglamento de Centro y someterlo al Consejo de Gobierno para su aprobación.
  • Establecer, antes del 1 de julio de cada año, el plan docente y el calendario oficial de exámenes del curso siguiente, salvaguardando las directrices emanadas del Consejo de Gobierno.
  • Establecer las Comisiones que estime convenientes para su mejor funcionamiento.
  • Emitir informe sobre la creación, modificación o supresión de Departamentos e Institutos Universitarios de Investigación y sobre los convenios de adscripción de Centros, si les afectase; sobre la fijación, en su caso, de la sede administrativa de los Departamentos; sobre la contratación de profesores y sobre cualquier otro asunto que estime conveniente, en su respectivo ámbito de competencias, el Claustro, el Consejo de Gobierno, el Rector, el Decano o Director, o los Consejos de Departamentos e Institutos Universitarios de Investigación.
  • Fijar los criterios generales de asignación de profesorado a las titulaciones que se impartan en el Centro.
  • Informar al Consejo de Gobierno y a los Departamentos afectados sobre las necesidades de profesorado de acuerdo con los planes de estudio vigentes.
  • Informar al Consejo de Gobierno sobre las propuestas de nombramiento de los miembros de las comisiones que han de juzgar los concursos de acceso de los habilitados.
  • Proponer, mediante la oportuna justificación, las modificaciones de la relación de puestos de trabajo del personal docente e investigador y del Personal de Administración y Servicios.
  • Resolver los conflictos que se susciten entre Departamentos relativos a la asignación de docencia entre asignaturas.
  • Organizar las relaciones entre Departamentos y con otros Centros, a fin de asegurar la coordinación de las enseñanzas.
  • Emitir informe sobre la adscripción del profesorado al respectivo Centro.
  • Cualquier otra función que les asigne la normativa vigente.